
Deberes de los
asociados
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Comprometerse a efectuar los aportes ordinarios y extraordinarios cumplidamente.
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Comprometerse a participar en las actividades del MRRE. Utilizar su condición de integrante de esta organización en publicaciones, hojas de vida, correspondencia oficial o de interés para el MRRE.
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Realizar la verificación de medición de emi siones de carbono por parte de un ente certi f icador con acreditación ONAC.
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Ejecutar el plan de acción trazado para lograr la reducción de emisiones propuesta por el MRRE y aprobado para sí mismo como miembro.
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Participar en la negociación, adquisición y venta de unidades de carbono en atención y respeto a las buenas costumbres.
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Solicitar la convocatoria a la Asamblea.
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Los demás que le otorguen las disposiciones legales, estatutarias, reglamentarias, los acuerdos de la Asamblea General y las reso luciones de la Junta Directiva.
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Cumplir los estatutos, reglamentos, resolu ciones, comisiones o trabajos asignados por la Asamblea General, la Junta Directiva o los Comités de Trabajo.
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Velar por la buena imagen del MRRE.
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Acatar las decisiones tomadas por la Asamblea General.
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Comprometerse con los principios y fundamentos de la asociación.
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Abstenerse de retirar elementos o útiles de trabajo, documentos o informes sin la previa autorización del responsable directo
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En sus relaciones con la asociación y la comunidad, obrar con ética y lealtad.
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Velar por el buen manejo del patrimonio y bienes del MRRE.
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Pagar puntualmente las cuotas ordinarias y extraordinarias acordadas por la Asamblea General, según su categoría de integrante.
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Representar con responsabilidad a la asociación, previa aprobación de la Junta Directiva en cualquier evento al que asista en nombre de esta organización y rendir informe escrito de dicha participación a la Junta Directiva, en un plazo no mayor a diez (10) días de haberse cumplido el señalado evento.
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Asistir puntualmente a las reuniones de la Asamblea General y de los Comités de Trabajo, desde la hora fijada para su inicio hasta que se agote el orden del día.
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Las demás impuestas por las disposiciones legales, estatutarias, reglamentarias, los acuerdos de la Asamblea y las resoluciones de la Junta Directiva.
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En caso de no asistencia, el integrante adherente deberá comunicarlo verbalmente o por escrito a la Junta Directiva o al órgano que haya convocado la reunión, en un plazo no mayor de cinco (5) días hábiles, explican do el motivo de su ausencia.
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Cuando se falte a las obligaciones los estatutos, se aplicarán las sanciones contempladas en los estatutos.
